miércoles, 10 de agosto de 2016

AFP: ¿Qué pasa cuando el titular fallece?

AFP: ¿QUÉ PASA CUANDO EL TITULAR FALLECE?

En caso de fallecimiento del afiliado, su cónyuge e hijos menores de edad quedan protegidos ya que recibirán de Prima AFP una pensión que equivale a un porcentaje del sueldo actual del afiliado (35% para el cónyuge y 14% para cada hijo).

Esto es posible porque los afiliados pagan una prima de seguro de sobrevivencia, invalidez y gastos de sepelio, que les permite dejar protegida a su familia.

Alrededor de dos millones y medio de trabajadores en el Perú aportan el 10% de su remuneración a una AFP con la esperanza de vivir una vida de jubilación adecuada. Sin embargo, existen muchos casos en los que el afiliado fallece antes de jubilarse; por lo que la familia directa está en la incertidumbre de no saber qué es lo que pasará con el monto aportado.

1.   EL FONDO SE REPARTE PROPORCIONALMENTE A LOS BENEFICIARIOS

¿Quiénes son los beneficiarios?

Se consideran beneficiarios al cónyuge o concubino(a), a los hijos menores de 18 años, a los hijos mayores de 18 años incapacitados total y permanentemente, y, a padres mayores de 60 años y que hayan dependido económicamente del afiliado o padres inválidos total o parcialmente.

¿A cuánto asciende dicha proporción?

Al cónyuge le corresponde el 35% de lo que iría a recibir el fallecido y a cada hijo el 14%; como se deduce de ello, muchas veces no completa el 100% de lo que recibiría el fallecido en vida. Por ejemplo, si el promedio de sueldos es S/ 1000 y el afiliado tenía esposa y dos hijos, a cada hijo le correspondería S/ 140 y la esposa recibiría S/ 350, por lo que en suma solo recibirían S/ 630.

2.   ¿QUÉ SUCEDE SI NO HAY BENEFICIARIOS?


Si es que no los hay, el fondo de la pensión (deduciendo gastos de administración) forman parte de la herencia y pueden ser retirados de una vez, siempre y cuando se espere 90 días del fallecimiento, que es el plazo para que los beneficiarios se apersonen.

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