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miércoles, 9 de noviembre de 2016

¿CÓMO PEDIR LA DEVOLUCIÓN DE LOS APORTES AL FOSERSOE?

SEPA CÓMO COBRAR LOS FONDOS DEL FOSERSOE

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La Defensoría del Policía informó al personal policial al respecto de los Fondos del FOSEROSE; al respecto, se tiene que tener en cuenta que los efectivos policiales que cobran los fondos del FOSERSOE son aquellos que han egresado de las escuelas de suboficiales desde el año 1975 al 1984 y no han cobrado anteriormente su dinero del fondo. 

·         El criterio de devolución es el la antigüedad del personal policial. 

·         Si pertenecen a estas promociones deben realizar los siguientes pasos: 

o   Descargar y completar el formato y la Declaración Jurada que aparece en la página web del Ministerio del Interior, Policía Nacional del Perú y DIVFOSEG. 
o   Adjuntar al formato los siguientes documentos: Fotocopia simple del DNI, Constancia de no adeudar al FOVIPOL. y voucher de ventanilla del Banco de la Nación. 
o   Una vez que tienes todos los documentos, colocarlos en un sobre manila rotulado con los datos personales y acercarse a las oficinas del FOSERSOE para comenzar el trámite. 
o   Para los policías que vie3nen en provincias pueden realizar el trámite de la siguiente manera: 

ü  Mediante conducto regular por el SIGE
ü  Servicio courrier a las oficinas del FOSERSOE
ü  Autoriza a un familiar, mediante una carta poder legalizada, para que realice el procedimiento.

·         Cualquier consulta o duda pueden llamar al número (01) 423 2531 y correo: informes-fosersoe@difoseg.org.pe

·         A su vez, al número gratuito de la Defensoría 0 800 1 1615 y el correo defensoria@mininter.qob.pe

SOLICITA: OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO Y/O DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES DEL FOSERSOE PNP CONFORME A LOS DISPUESTO POR DS. N° 18-2014-DE DEL 31DIC2014 Y AL CALENDARIO DE PAGOS APROBRADO.

SEÑOR COMANDANTE PNP, JEFE DEL DEPARTAMENTO FONDO DE SEGURO DE RETIRO DE SUBOFICIALES Y ESPECIALISTAS DE LA PNP
Yo, ________________________________________________________________________ en situación de ______________, identificado (a) con CIP N° _______________________ y DNI N° ____________________, domiciliado (a) en ______________________________________________
 __________________________________________________________________________________                                                        con teléfono N° ____________________________ y celular N° _______________________
Que, al amparo de los dispuesto en el Decreto Supremo N° 018 – 2014 – DE del 31 de diciembre del 2014 y al calendario de pagos aprobado, solicito tenga a bien disponer por quien corresponda el Pago del Beneficio o Devolución de Aportaciones del Fondo de Seguro de Retiro de Suboficiales y Especialistas de la PNP – FOSERSOE PNP, para lo cual acompaño los requisitos exigidos.
Por lo expuesto a usted, pido acceder a mi solicitud conforme a la normativa vigente.
Lima, ___________ de ____________ del 201__
Adjunta:
1.       Fotocopia simple del DNI
2.       Declaración jurada simple
3.       Constancia de no adeudar al FOVIPOL
4.       Voucher de ventanilla del Banco de la Nación

NOTA: Declaro y acepto estar enterado de todos los alcances del Decreto Supremo N° 018- 2014-DE de fecha 31 de diciembre del 2014 y del calendario de pago vigente.

                                                                      FIRMA: _____________________________
POST FIRMA: _________________________
 CIP N° _________DNI N°________________




DECLARACIÓN JURADA
APORTANTES Y/O RENUNCIA

CONSTE POR EL PRESENTE DOCUMENTO, EL QUE SUSCRIBE, ________________________________
__________________________________________________________________________________ PNP IDENTIFICADO CON CIP N° ________________ DNI N° ____________________, DOMICILIADO EN _______________________________________________________________________________ DISTRITO DE _____________________ PROVINCIA DE ______________________ DEPARTAMENTO DE ______________________ TELÉFONO ________________________

DECLARO BAJO JURAMENTO
    QUE MIS APORTES AL FOSERSOE CORRESPONDIENTE A PARTIR DEL LA FECHA DE ALTA _________________________________________ A NOV12 FUERON DESCONTADAS DEBIDAMENTE POR LA DIRECCIÓN DE ECONOMÍA DE LA PNP.
SI
NO
 DECLARO                          HABER TENIDO BAJA INTERMEDIA Y/O DISPONIBILIDAD FECHA DE INICIO ________________________________   FECHA FINAL ____________________________.
LO CUAL DECLARO AL AMPARO DE LEY N° 27444, ART IV 17, 32, 42 LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL BAJO RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA O PENAL POR ESTA DECLARACIÓN.
LIMA, ___________ DE ____________ DEL 201__


FIRMA: _____________________________
POST FIRMA: _________________________
GRADO  _________
DNI N°________________





lunes, 10 de octubre de 2016

FOVIPOL | NO SE PUEDE RETENER NI UN SOL DE FOSERSOE AL OTORGARSE HIPOTECA

Esta información es relevante para aquél personal policial que pese a haberse otorgado a favor del FOVIPOL primera y preferente hipoteca sobre un inmueble, se le ha retenido el 50% de la devolución de FOSERSOE/FOSEROF.

Resultado de imagen para fovipolAl respecto, cabe indicar que la Ley Nro. 27801, en su artículo 5, establece que “La compra venta de los inmuebles con recursos del Fondo y los préstamos otorgados por éste, estarán garantizados con primera hipoteca y seguro de desgravamen hipotecario, o con el 50% de los beneficios sociales a que tenga derecho el personal aportante siempre que medie una manifestación expresa autorizando tal afectación.” (Resaltado nuestro). Por lo que haciendo una interpretación literal de la norma señalada, se desprende que no se podrá garantizar la deuda a FOVIPOL con la hipoteca y los beneficios sociales conjuntamente.

Lo señalado se puede entender además claramente en la Guía de Procedimientos de Préstamos del Fondo de Vivienda Policial, aprobado en Sesión de Directorio, mediante Acta Nro. 468 del 18 de marzo del 2015; en la cual, se reconoce que: “el préstamo está condicionado al otorgamiento a favor de FOVIPOL de primera y preferente hipoteca sobre un bien inmueble por el valor del préstamo”, teniéndose en consideración que este requisito no está sujeto a condición alguna, toda vez que en la misma guía se señala que “no hay excepciones a los procedimientos establecidos”. Lo importante de este documento está en la segunda disposición complementaria, que dice:

“La constitución de la hipoteca a favor de FOVIPOL deja sin efecto la afectación del 50% de Beneficios del FOSEROF/FOSERSOE, debiéndose expedir la constancia o documento que así lo establezca”. (Resaltado nuestro)


Es por ello, que resulta totalmente arbitrario que habiéndose constituido hipoteca a favor de FOVIPOL, aún se estén afectando los beneficios del FOSERSOE.

miércoles, 5 de octubre de 2016

PNP| NO PUEDE RETENERSE DEVOLUCIÓN DE FOSERSOE PARA GARANTIZAR DEUDA CON FOVIPOL SIN AUTORIZACIÓN EXPRESA

NO PUEDE RETENERSE DEVOLUCIÓN DE FOSERSOE PARA GARANTIZAR DEUDA CON FOVIPOL SIN AUTORIZACIÓN EXPRESA

Se han recibido cuantiosos casos, mediante los cuales el personal policial afirma que el 50% de la devolución por concepto de FOSERSE se ha visto retenida a fin de asegurar la deuda contraída por FOVIPOL, por motivo de garantía.

Al respecto, el Decreto Supremo Nº 091-DE-CCFFAA, establece en su artículo 26 ”La venta de las viviendas y los préstamos que otorgue el Fondo respectivo, estarán garantizados con primera hipoteca y con los beneficios a que tenga derecho el personal beneficiado, según corresponda y deberán contar además con Seguro de Desgravamen Hipotecario.” (Resaltado nuestro).

Bajo una interpretación de dicho artículo, FOVIPOL podría argumentar que sí procede legalmente el embargo de los beneficios de FOSERSOE; sin embargo, se tiene que tener muy presente lo establecido en la Ley Nº 27801, que a la letra dice:

“Artículo 5.- Garantías
La compra venta de los inmuebles con recursos del Fondo y los préstamos otorgados por éste, estarán garantizados con primera hipoteca y seguro de desgravamen hipotecario, o con el 50% de los beneficios sociales a que tenga derecho el personal aportante siempre que medie una manifestación expresa autorizando tal afectación.” (Resaltado nuestro).


Es por ello, que mediante una interpretación integradora, no cabe duda que para que proceda la retención del 50% de la devolución del FOSERSOE a favor de FOVIPOL (o para cualquier otro beneficio) debe existir autorización expresa emitida por el personal afectado. Todo actuar contrario, constituye un acto ilegal.

martes, 30 de agosto de 2016

NUEVO CALENDARIO DE DEVOLUCIÓN DE APORTES AL FOSERSOE - PNP

MODIFICACIÓN DEL CALENDARIO DE DEVOLUCIÓN DE BENEFICIOS Y APORTES AL FOSERSOE – PNP

Mediante R.D. Nro. 757-2016/DIRGEN-DIRBIE-PNP de fecha 27 de julio del 2016, se resuelve dejar sin efecto la RD. 110-2015-DIRGEN-SAP-PNP del 19 de febrero del 2015 y con ello autorizar un nuevo calendario.

De esta manera, el calendario de devolución es el siguiente:

2016
2017
2018
2019
2020
PROM. 75 AL 80
PROM. 81
PROM. 82.

PROM. 83.

PROM. 84



PENDIENTE DE PAGO 2015
PROM. 85

PROM. 86 (ENE-FEB)

PROM. 86
PROM. 86 (MAR-DICIEMBRE)

PROM. 87
PROM. 88

PROM. 89



PROM. 90 (ENE-JUL)
PROM. 90 (AGO-DIC)

PROM. 91

PROM. 92

PROM. 93

PROM. 94
PROM. 95

PROM. 96
PROM. 97
PROM. 98
PROM. 99

PROM. 00
PROM. 01
PROM. 02
PROM. 03
PROM. 04
PROM. 05

PROM. 06

PROM. 07
PROM. 08

PROM. 09
PROM. 10
PROM. 11
PROM. 12