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miércoles, 10 de agosto de 2016

PNP Y FFAA: SOLICITUD DE SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO DE FAMILIAR

COMO SOLICITAR SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO - PNP - MILITARES

La nueva estructura de Ingresos Aplicables al Personal Militar de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú, establece que en el caso de fallecimiento del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, el monto del subsidio será equivalente a tres (03) Remuneraciones. Y en el caso de fallecimiento del cónyuge, hijos o padres del efectivo, el monto equivale a dos (02) Remuneraciones Consolidadas en el grado correspondiente a la fecha de ocurrencia del fallecimiento. 

A continuación, le presentamos un modelo de solicitud debidamente fundamentado para que usted no tenga problemas en recibir una respuesta afirmativa.

                                                            SOLICITO: Beneficio de subsidio por fallecimiento                                                                por deceso de familiar directo

SEÑOR GENERAL PNP DIRECTOR EJECUTIVO DE PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ – LIMA
Mi General:
(NOMBRES Y APELLIDOS) (GRADO PNP), identificado con CIP Nro. ******* y DNI Nro. *****, prestando servicios a ****, con domicilio real en *****; a Ud., respetuosamente, digo:

I.                    EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO

Recurro a su respetable Despacho con la finalidad de solicitarle el beneficio de Subsidio por Fallecimiento de Familiar Directo.

II.                  FUNDAMENTOS DE HECHO

Que el día **** falleció mi *** quien en vida se llamaba *****, lo cual acredito con el Acta original de defunción y acompaño la Partida de Nacimiento para acreditar el vínculo filial.

III.                FUNDAMENTOS DE DERECHO

Me amparo en lo dispuesto por el art. 14 del D. Leg. Nro. 1132, Nueva Estructura de Ingresos Aplicables al Personal Militar de las Fuerzas Armadas y Policial de la Policía Nacional del Perú; que establece literalmente: “El subsidio por fallecimiento se asigna en los casos de fallecimiento del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú en situación de actividad, así como del cónyuge, hijos o padres. En el caso de fallecimiento del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, el monto del subsidio será equivalente a tres (03) Remuneraciones Consolidadas del grado correspondiente a la fecha del deceso del efectivo, y se otorgará en el siguiente orden excluyente: cónyuge, hijos, padres y hermanos. En el caso de fallecimiento del cónyuge, hijos o padres del efectivo, el monto equivale a dos (02) Remuneraciones Consolidadas en el grado correspondiente a la fecha de ocurrencia del fallecimiento. El subsidio por fallecimiento será de cargo de los pliegos presupuestarios de los Ministerios de Defensa e Interior, respectivamente. Precísese que dicho subsidio no es incompatible con el beneficio que se otorga en cumplimiento de la Ley N° 29420, Ley que fija monto para el beneficio de seguro de vida o compensación extraordinaria para el personal de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú o sus beneficiarios, y sus normas complementarias y modificatorias.” y el art. 17 del D.S. Nro. 013-2013-EF, su reglamento.

IV.                MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS

Acompaño la presente documentación que avala mi pretensión:

1-A. Original del Acta de Defunción.
1-B. Copia legalizada de la Partida de Nacimiento
1-C. Planilla virtual del último mes autenticada (señalar el último mes de percibida la remuneración).
1-D. Copia simple del CIP
1-E. Copia simple de mi DNI
1-F. Copia de cuenta de ahorros del Banco de la Nación, Nro. ******

POR LO EXPUESTO.-

A Ud., Mi General, solicito acceder a mi pedido por ser de justicia.


Arequipa, 26 de enero del 2016