AFP: ¿QUÉ PASA CUANDO EL TITULAR FALLECE?
![](http://d1x1mahq14lg71.cloudfront.net/sites/default/files/afp_1.jpg)
Esto
es posible porque los afiliados pagan una prima de seguro de sobrevivencia,
invalidez y gastos de sepelio, que les permite dejar protegida a su familia.
Alrededor
de dos millones y medio de trabajadores en el Perú aportan el 10% de su
remuneración a una AFP con la esperanza de vivir una vida de jubilación
adecuada. Sin embargo, existen muchos casos en los que el afiliado fallece
antes de jubilarse; por lo que la familia directa está en la incertidumbre de
no saber qué es lo que pasará con el monto aportado.
1. EL
FONDO SE REPARTE PROPORCIONALMENTE A LOS BENEFICIARIOS
¿Quiénes
son los beneficiarios?
Se consideran
beneficiarios al cónyuge o concubino(a), a los hijos menores de 18 años, a los
hijos mayores de 18 años incapacitados total y permanentemente, y, a padres
mayores de 60 años y que hayan dependido económicamente del afiliado o padres
inválidos total o parcialmente.
¿A
cuánto asciende dicha proporción?
Al
cónyuge le corresponde el 35% de lo que iría a recibir el fallecido y a cada
hijo el 14%; como se deduce de ello, muchas veces no completa el 100% de lo que
recibiría el fallecido en vida. Por ejemplo, si el promedio de sueldos es S/
1000 y el afiliado tenía esposa y dos hijos, a cada hijo le correspondería S/
140 y la esposa recibiría S/ 350, por lo que en suma solo recibirían S/ 630.
2. ¿QUÉ
SUCEDE SI NO HAY BENEFICIARIOS?
Si
es que no los hay, el fondo de la pensión (deduciendo gastos de administración)
forman parte de la herencia y pueden ser retirados de una vez, siempre y cuando
se espere 90 días del fallecimiento, que es el plazo para que los beneficiarios
se apersonen.
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