PNP | ¿CUÁNDO
PROCEDE LA SEPARACIÓN TEMPORAL DEL CARGO COMO MEDIDA PREVENTIVA EN UN
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO?
Es preciso señalar que el artículo 67 del D. Leg.
1150, Ley del Régimen Disciplinario, establece que las medidas preventivas se
imponen por la presunta comisión de infracciones muy graves, razón por la cual
el artículo 68 de la referida norma, dispone que será separado temporalmente
del cargo, el personal de la Policía Nacional del Perú, cuya permanencia en un
determinado cargo pueda poner en riesgo la fase de investigación en un
procedimiento disciplinario.
A su vez, el Tribunal de Disciplina Policial,
mediante Resolución Nro. 087-2014-IN/TDP, da más alcance a partir de una interpretación
de dichos artículos, siendo que, para que proceda la separación temporal en un
procedimiento disciplinario deberá apreciarse:
·
Que el cargo
laboral que ocupa el policía procesado ponga en riesgo el normal desarrollo de
la fase de investigación y que, como consecuencia de ello, ocasiones un
perjuicio irreparable en el procedimiento disciplinario seguido en su contra.
·
Verosimilitud
en el derecho, es decir, que existan elementos de convicción que generen cierta
credibilidad de los hechos con la norma de sanción aplicable.
·
Peligro en la demora,
es decir, que el investigado podría perturbar el desarrollo de la
investigación, ya sea porque ostenta una posición de poder que haga previsible
su intervención o demuestre alguna interferencia en el decurso de la investigación.
·
La decisión
debe dictarse dentro de un contexto de proporcionalidad; que los hechos
descritos y las imputaciones formuladas sirvan de sustento para evaluar la
viabilidad de la imposición de una medida preventiva.
Se tiene que tener muy en cuenta, que
no basta para dictar una medida preventiva que se cumpla con un presupuesto,
sino, es necesario que concurran todos los presupuestos.
De esta manera, el Tribunal de Disciplina Policial ha
resuelto revocar la resolución que dicta medida preventiva de separación del
cargo en forma temporal; en salvaguarda del debido procedimiento del personal
policial.
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